ADMINISTRACIONES MUÑOZ-VIDAL, C.B. depositaria del Fondo Comunitário, se hará cargo de efectuar los pagos que le sean ordenados por el Sr. Presidente de la Comunidad. Este depósito se podrá realizar en la cuenta de la Administración. Trimestralmente efectuará una liquidación de los gastos ordinarios habidos durante dicho período de tiempo. La liquidación se elaborará siguiendo los criterios particulares de la Comunidad contenidos en la Ley de Propiedad Horizontal, estatutos o normas interiores establecidas por los comuneros. Se realizarán cuantas Liquidaciones Extraordinarias sean necesarias, así como la emisión de los consiguientes recibos, sin costo extra para la Comunidad. Todo ello con el fin de poder atender aquellos gastos no contemplados como ordinarios, o los que no tengan origen en un mantenimiento previsible de la finca. Al Sr. Presidente de la Comunidad, se le ofrecerá información detallada del Estado de Cuentas de la Comunidad, al menos una vez por trimestre (cuando se proceda a la Revisión de los Gastos habidos y a la firma de la Liquidación Ordinaria). Así mismo, se le facilitará al máximo la labor prestándole cuanta información y colaboración precise. Se pondrá máximo énfasis en la gestión total de los cobros. Somos conscientes de que si esta gestión no es efectiva, perjudica económicamente los intereses de la Comunidad y puede obligar a la no realización de determinados trabajos, a la privación de determinados suministros o, en casos extremos pero reales, al reparto de la deuda entre todos los copropietarios restantes hasta que se cobre la misma. Esta Administración (si están interesados) se encargará de velar por las obligaciones fiscales de la Comunidad (retenciones a cuenta del IRPF de profesio¬nales: Abogado, Arquitecto, Administrador, etc...)
Con este motivo se cumplimentarán y serán presentados ante la correspondien¬te Oficina Tributaria, los Mod. 110 trimestrales, los Mod. 190 anuales, así como cuantas modificaciones fueren necesarias en la Declaración Censal de la Comunidad.
Se tramitarán siniestros con la entidad aseguradora con la que la Comunidad tiene contratado el Seguro Comunitario, y se rastrearán los trabajos hasta que el siniestro en cuestión quede solucionado. |